martes, 21 de abril de 2015

¿CUÁLES SON LAS REFORMAS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO?

En materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, acaba de publicarse en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, donde se establecen las siguientes obligaciones:

Sobre el Riesgo Ergonómico, estos riesgos que pueden conllevar sobreesfuerzo físico, movimientos repetitivos o posturas forzadas en el trabajo, con la consecuente fatiga, errores y accidentes, los patrones están obligados a:

• Contar con un análisis de los factores de riesgo ergonómico de los puestos de trabajo.
• Contar con un registro de medidas preventivas adoptadas.
• Contar con registro de los exámenes médicos practicadas a los trabajadores.
• Contar con las constancias de capacitación DC-3


-Cada documento que falte tendrá una sanción de aproximadamente $70,000.00 como multa para las empresas.

Sobre el Riesgo Psicosocial, son los riesgos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada laboral y de la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral por el trabajo desarrollado, los patrones están obligados a:

• Llevar registro sobre las medidas preventivas adoptadas.
• Llevar registro de los exámenes médicos elaborados.

Otra obligación es la relativa al entorno organizacional favorable, es aquel en el que se promueve el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización, la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas, la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización, las obligaciones en este aspecto son las siguientes:

• Políticas para la promoción del entorno organizacional favorable.
•Mecanismos de recepción de quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable.
• Evaluaciones de entorno organizacional favorable (encuestas de clima laboral, que ahora son obligatorias).

Obligaciones de contar con instalaciones adecuadas para trabajadores con discapacidad, con sanciones por incumplimiento aproximadamente de $90.000.00 por cada caso, siendo las obligaciones las siguientes:

• Contar con instalaciones adecuadas para el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad, en los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores.
• Capacitar a los trabajadores con discapacidad para el desarrollo de sus actividades y actuación en caso de emergencia.
• Realizar las modificaciones y adaptaciones necesarias en sus instalaciones, procesos y puestos de trabajo, a fin de garantizar su desempeño en forma segura.

Sobre Avisos de Riesgos de Trabajo, existe una obligación dual, de principio los patrones deberán dar aviso a la STPS, por escrito o en forma electrónica de los accidentes de trabajo que ocurran dentro de las 72 horas siguientes, los patrones quedarán relevados de dar dicho aviso a la Secretaría, cuando lo presenten ante el IMSS, sin embargo si se trata de aviso de fallecimiento por riesgo de trabajo, deberán dar aviso a la STPS y al IMSS.


Fuente: W Radio
Autor: Gloria Arellano.
(Abogada Social especialista en derecho laboral, IMSS, Infonavit y Afores.)

INFORMES:
Lic. Carolina Guerra Quijas
Coordinación de Bolsa de Trabajo



Tel. (477) 152 9000 ext. 9034

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